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mpulso
al
fortalecimiento
normativo
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los
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a) Propuesta de reforma al Código Penal para que los
delitos de índole sexual en contra de niñas y niños no
prescriban bajo ninguna causal.
El 14 de julio de 2010 se puso a consideración de
la XII Legislatura, con fundamento en el artículo 11,
fracción IX, de la Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Estado de Quintana Roo una propuesta
de modificación legislativa, cuyo objetivo era refor-
mar el Código Penal del Estado de Quintana Roo con
la finalidad de que los delitos de índole sexual en contra de niñas y niños no prescriban
bajo ninguna causal, con lo cual el agresor no podrá evadir el ser sujeto a la acción de la
justicia, lo cual coadyuvará a que su delito no quede en la impunidad.
Dicha reforma fue suscrita e impulsada por el Diputado Luis González Flores, Presidente
de la Gran Comisión de la XII Legislatura del H. Congreso del Estado, y aprobada por los
integrantes de esta legislatura, a quienes este organismo defensor de los derechos hu-
manos les reconoce su trabajo a favor de estas mejoras normativas, lo cual corrobora el
compromiso del Poder Legislativo para actuar en contra de la impunidad y a favor de la
infancia pues se instituye que los delitos de índole sexual en contra de menores de edad,
la acción penal nunca prescriba.
Mediante el decreto 307, aprobado el 19 de oc-
tubre y con fecha de publicación en el Periódico
Oficial del Estado el 21 de octubre de 2010, se
adiciona el Artículo 78-Bis del Código Penal para
el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo que-
dando de la siguiente forma: